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Baja del contrato

Gestiones del servicio de agua

Atención a la ciudadanía

Baja del contrato

Importante: Dar de baja el contrato implica que se retirará el contador y, por lo tanto, dejará de haber suministro de agua en la vivienda. En caso de que posteriormente quieras volver a tener agua, se deberá solicitar un alta y abonar la cuota correspondiente. Además, si se trata de un contador único en la finca, se retirará la acometida seis meses después de la baja del contrato.

Si quieres cambiar de nombre el contrato y no quieres cesar el suministro, solicita un cambio de titular.

Para dar de baja un contrato de suministro (con retirada de contador) de agua necesitarás:

  • Número de cuenta del contrato que quieres dar de baja (lo encontrarás en cualquier factura).
  • Estar al corriente de pago de las facturas. 

Además, nos deberás aportar la siguiente documentación: 

 

Personas físicas (particulares):

Entidades jurídicas (empresas):

  • Documento acreditativo de ser el administrador/a o apoderado/a (escritura de constitución de la sociedad, escritura del nombramiento, poder notarial o certi cado o nota del registro mercantil)
  • DNI del solicitante
  • CIF de la entidad
  • Documento de solicitud de baja del contrato rellenado y firmado

¿Dónde puedes hacer este trámite?

* Si la persona que solicita el trámite no es la titular del contrato, deberá presentar una fotocopia de su DNI y una autorización firmada.

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