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La nueva ordenanza responde a las exigencias actuales de garantizar el bienestar animal y las necesidades de convivencia y respeto a los espacios públicos

20 Feb 2019

La nueva ordenanza responde a las exigencias actuales de garantizar el bienestar animal y las necesidades de convivencia y respeto a los espacios públicos

Entre otras medidas establece obligaciones en relación a las esterilizaciones de perros y gatos, incrementa las cuantías de las sanciones e insta al Ayuntamiento a promover la sensibilización y las adopciones para alcanzar el objetivo del sacrificio cero

Neus Truyol, regidora de Ecología, Agricultura y Bienestar Animal ha presentado esta mañana el acuerdo de la Junta de Gobierno de elevar al próximo pleno del Ayuntamiento de Palma la aprobación inicial de la Ordenanza para la tenencia y el bienestar de los animales de familia y domésticos en la sociedad urbana. En el caso de aprobación, la ciudadanía y las entidades dispondrán de un plazo de treinta días para presentar alegaciones.

 

La nueva ordenanza responde a las nuevas necesidades actuales, más exigentes con respecto tanto de garantizar el bienestar de los animales que conviven en los espacios urbanos, así como más estrictas también en las medidas que garantizan una convivencia harmónica entre humanos y animales, y respetando siempre los espacios públicos. Tal y como ha declarado Neus Truyol “la anterior ordenanza había quedado desfasada en muchos aspectos y ahora se han recogido y plasmado en una nueva norma muchas demandas sociales, tanto al respecto del bienestar animal, las necesidades de convivencia y respeto, el reconocimiento de la tarea de las entidades y voluntarios y el objetivo fundamental del Ayuntamiento de sacrifico cero de animales”.

 

El nuevo articulado es el resultado del trabajo de los técnicos del Área de Ecología y Bienestar Animal, así como de un proceso participativo realizado durante meses, que ha supuesto reuniones con las asociaciones de protección animal y la recogida de propuestas por internet y las redes sociales.

 

Entre las novedades que aporta la nueva ordenanza destacaríamos las incorporaciones en diversas líneas:

 

Aspectos generales de la nueva ordenanza:

 

  • Es una ordenanza más simple, con 75 artículos frente a los 105 anteriores. Está centrada en el bienestar de los animales, eliminando toda la parte de actividades que es redundante con la ley de actividades y ley 1/92.
  • Se amplía el objeto de la ordenanza, donde además de especificar que es “el bienestar de los animales, la regulación de la inserción harmónica de los animales de familia en la sociedad”, se incluye como objetivo la participación ciudadana en la protección de los derechos de los animales.
  • Se cambia el concepto de animal “de compañía” por animales “de familia”, para contemplar los animales que conviven con las personas como seres vivos con derechos y necesidades, parte de la familia, y no como seres subordinados con una función de compañía. Se recoge así una de las demandas sociales surgidas del proceso de participación y debate.

 

Obligaciones y papel del Ayuntamiento de Palma:

 

  • Se crea la Oficina Municipal de Bienestar Animal, con la finalidad de dar un trato integrado a las tareas relacionadas con el bienestar animal y la tenencia responsable de los animales de familia.
  • La nueva ordenanza establece que el Ayuntamiento ha de promover y realizar campañas y acciones educativas con el objetivo de alcanzar el sacrificio cero y fomentar la tenencia responsable de los animales, fomentar las adopciones y prevenir el abandono dirigidas a los centros educativos, a los diversos profesionales implicados, así como a la sociedad en general. Estas acciones se podrán desarrollar conjuntamente con entidades sin ánimo de lucro. Estas acciones tampoco se recogían en la ordenanza anterior.
  • Se establece el mandato de elaborar un reglamento y una carta de servicios del Centro Municipal de Son Reus.
  • Se deja constancia del reconocimiento de las entidades de protección animal y de la posibilidad de firmar convenios también en campañas de concienciación.
  • El Ayuntamiento podrá establecer líneas de subvenciones o ayudas para las personas o colectivos vulnerables, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ordenanza y en especial, las relativas a la esterilización de los animales.

 

Medidas para garantizar el bienestar animal

 

  • Una novedad es el establecimiento de un número máximo de perros y gatos en viviendas urbanas: en edificios de viviendas plurifamiliares (pisos o apartamentos) no se permite la tenencia de más de tres perros, gatos u otros animales asimilables, en total, sin perjuicio de otras limitaciones que puedan estar establecidas en los estatutos de la propiedad horizontal; en el caso de inmuebles unifamiliares o residenciales aislados urbanos se permite la tenencia de un máximo de cinco perros y gatos. Se prevén autorizaciones para casos justificados.
  • También se incorporan obligaciones relativas a las esterilizaciones, no contempladas hasta ahora; será obligatoria para los gatos que tengan acceso a la vías y los espacios públicos, como también en espacios privados de concurrencia pública, para los perros que permanezcan permanentemente en fincas rústicas, y para todos los perros potencialmente peligrosos que no estén albergados en un vivero o centro de cría debidamente autorizados. Igualmente, todos los animales que salen de Son Reus en adopción han de ser esterilizados.
  • Se endurecen las medidas para evitar el comercio ilegal, se prohíbe el intercambio no monetario de animales fuera de comercios, ferias y mercados legales y los anuncios de venta o intercambio de animales en la vía pública.
  • Se mantienen las prohibiciones de torturar y maltratar los animales o infligirles daños, sufrimientos o molestias gratuitas, utilizar cualquier clase de artefactos destinados a limitar o impedir la movilidad de los animales, que les produzcan daños o sufrimientos o que les impidan mantener la cabeza en posición normal o mantener a los animales en estado de desnutrición o sedientos.
  • Se desarrolla la normativa de regulación de las colonias felinas, se establece que el Ayuntamiento fomenta, potencia y regula la existencia de colonias de gatos controladas y apoya a los voluntarios de las entidades que cuidan de estas y de su entorno. Igualmente, el Ayuntamiento ha de desarrollar un Plan de gestión de colonias felinas urbanas autorizadas de la ciudad.
  • Se modifica el apartado de modificaciones, incorporando los términos que no existían en la anterior normativa, como “gato salvaje” y “colonia felina urbana controlada”. El gato salvaje es uno que vive en el ámbito urbano o periurbano y que no tiene carácter sociable con las personas, por lo cual resulta difícilmente domesticable. No tienen propietario, requieren unas determinadas condiciones de control, y se deben de minimizar las interferencias con la fauna autóctona. Las colonias felinas controladas son grupos de gatos de un espacio público, que cuentan con autorización municipal y disponen siempre de personas alimentadoras autorizadas.
  • Se deniega el derecho de adopción de animales procedentes del Centro Sanitario de Son Reus a las personas que hayan sido objeto de una sentencia penal firme en materia de bienestar animal o de una sanción administrativa muy grave de esta Ordenanza.

 

Medidas para una buena convivencia

 

  • Se mantiene la prohibición de abandonar los excrementos de los animales en la vía pública y se incorpora la obligación de diluir la orina, mediante la aportación de agua, para evitar el ensuciamiento por manchas, disminuir la producción de olores y evitar las molestias. Esta dilución se debe hacer de forma que no afecte al resto de transeúntes ni a las propiedades. Se incorpora la prohibición de depositar excrementos en los portales de las casas, comercios y otros servicios.
  • Se prohíbe dar de comer en la vía pública a cualquier animal y se especifica la prohibición para las palomas y gaviotas, por necesidades de control de su población. Se elimina la excepción que permitía alimentar palomas en la plaza de España.
  • En relación a los animales domésticos, no regulados por la anterior norma, se prohíben en las zonas urbanas del municipio la tenencia y cría de animales de corral (gallinas, palomas, conejos, ovejas, caballos, cerdos, vacas, cabras…). Así mismo, los propietarios de los inmuebles han de evitar el establecimiento de palomas en sus porches o desvanes, aplicando medidas como cerramientos u otros.
  • Tampoco se hablaba antes de animales exóticos; con la nueva ordenanza se prohíbe la circulación por los espacios públicos a los animales exóticos y feroces.

 

Incremento de las cuantías de las sanciones

 

La nueva ordenanza también actualiza e incrementa las cuantías establecidas como multas para las sanciones leves y graves. En el caso de las infracciones leves, la multa pasa de 60-300 € a ser de 60 a 750 €. Las infracciones graves pasan de 301 a 1.500 a ser de 750,01 a 1.500 €. Las multas por infracciones muy graves se mantienen de 1.500,01 a 3.000 €.

 

Son infracciones leves, por ejemplo, llevar los perros sin correa por la vía pública, no disponer de microchip o cartilla sanitaria del animal, no esterilizar los animales que estén obligados a hacerlo, alimentar animales en los espacios públicos o tener palomares.

 

Algunos ejemplos de infracciones graves son la presencia de cualquier animal, domesticado o no, en los areneros y las áreas destinadas a juegos infantiles de los parques y los espacios libres urbanos; los anuncios de particulares en las vías y los espacios públicos para la cría y/o venta, o cualquier transacción de sus animales de familia; las molestias a vecinos cuando estas sean reiteradas y continuas en el tiempo.

 

También son infracciones graves el abandono o incumplir la responsabilidad de recogida y limpieza de los excrementos y orines, de esta manera no recoger excrementos o no diluir la orina en la vía pública tendrá sanciones entre 750 y 1.500 €. Así como otros incumplimientos relativos de no mantener los animales en condiciones higiénicas o sanitarias de acuerdo con las necesidades fisiológicas y etológicas de cada animal.

 

Son infracciones muy graves, por ejemplo, incumplir el límite del número máximo de perros y gatos por vivienda, torturar y maltratar los animales o infligirles daños, sufrimientos o molestias gratuitas, utilizar cualquier clase de artefactos destinados a limitar o impedir la movilidad de los animales, que les produzcan daños o sufrimientos o que les impidan mantener la cabeza en posición normal o mantener a los animales en estado de desnutrición o sedientos.

 

Con esta nueva ordenanza municipal Neus Truyol afirma que el Ayuntamiento estará a la altura de las demandas ciudadanas en materia de bienestar animal y convivencia, unas demandas cada vez más exigentes. “Tenemos una sociedad líder en su preocupación por el bienestar de los animales y el Ayuntamiento de Palma había de dar una respuesta a esta inquietud, por ello presentamos esta norma que responde a la sensibilidad social actual”.

 

 

 

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